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Accidente de trabajo - ART

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¿Qué hacer frente a un accidente de trabajo?

ESTUDIO JURIDICO FILIPPO​

Debe recordar que se considera accidente de trabajo a todo acontecimiento súbito y violento ocurrido por el hecho o en ocasión del trabajo, o en el trayecto entre el domicilio del trabajador y el lugar de trabajo, siempre y cuando el damnificado no hubiere interrumpido o alterado dicho trayecto por causas ajenas al trabajo.  

Lo primero que hay que tener en cuenta, que ocurrido el accidente de trabajo, hay que informarlo al empleador para que éste realice la denuncia a la ART y pueda iniciar la cobertura de asistencia médica como así también las  prestaciones  médicas que fueran necesarias para la protección y cuidado de la salud de la persona trabajadora.  

Realizar la denuncia lo más próximo al hecho ocurrido  es muy importante ya que la ley que regula a las ART presenta plazos breves para denunciar el accidente laboral. Le recomendamos que nos contacte de forma inmediata para poder evaluar su caso en particular, el tipo de accidente laboral ocurrido, lo asesoremos sobre las prestaciones médicas  y  la cobertura y en función de ello,  solicitemos, producto del accidente de trabajo y  de la incapacidad laboral que se haya suscitado, la indemnización como lo establece la ley que regula los accidentes laborales.

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Preguntas Habituales

A partir de la fecha en que realiza la denuncia de accidente laboral, la Aseguradora de Riesgos del Trabajo  tiene un plazo máximo de 72 horas para brindar las prestaciones médicas correspondientes.  Pasado el plazo previsto sin que Ud. tenga novedades,  comuníquese  rápidamente con nuestros Abogados.

Dicha denuncia por accidente de trabajo podrá ser realizada por el trabajador o por el propio empleador. También puede realizarse de forma telefónica. Si tiene dudas comuníquese con nuestro estudio de Abogados, para recibir un correcto asesoramiento.

En caso de que esto suceda, puede usted mismo efectuar la denuncia de su accidente laboral a la ART. Recuerde que el empleador debió entregarle una credencial de su ART donde consta la linea telefónica  para hacer la denuncia de accidente laboral.

Al momento de realizar la denuncia la ART deberá otorgarle un número de siniestro. En caso de que no se lo brinde, deberá  realizar la denuncia mediante telegrama laboral gratuito para que quede una constancia que usted realizó la denuncia por accidente de trabajo ante la ART y reciba de forma correcta las prestaciones e indemnización. De esta forma se garantiza de tener el número de siniestro y de obligar a la ART a brindar las prestaciones médicas que correspondan. Comuníquese con nuestro Estudio Jurídico para que le redactemos el telegrama sin costo. 

 

Hay que tener presente que el reclamo por el accidente laboral es contra la ART. El empleador es quien contrata este seguro llamado Aseguradora de Riesgos de trabajo, para que cubra las contingencias y las prestaciones médicas o dinerarias que requiera el trabajador al momento de tener un accidente de trabajo.

Puede suceder que luego de realizar la denuncia ante la ART, y ya pasado el plazo de 10 días que tiene la ART para expedirse sobre la aceptación o rechazo del accidente de trabajo,  lo notifiquen y le rechacen su reclamo, de ocurrir esto, deberá contactarse en lo inmediato con nuestros abogados para que junto a Ud. nos presentemos ante las Comisiones Médicas para iniciar el trámite de rechazo de la denuncia por accidente de trabajo.

Son los seguros que contratan los empleadores para cubrir  los gastos e indemnizaciones por accidentes laborales, que en el hecho o en ocasión de trabajo o in itinere haya  sufridos sus empleados. A estos seguros se los reconoce como ART y están controladas por la SRT que es la Superintendencia de Riesgos de Trabajo y la Superintendencia de Seguro de la Nación.

Si usted no esta de acuerdo con el Alta médica o con el tratamiento médico le recomendamos  iniciar el trámite por Divergencia ante las Comisiones Médicas,  donde sera evaluado por un profesional de la Salud, que si considera que el alta fue mal otorgada o el tratamiento es insuficiente,  le brindará nuevamente las prestaciones correspondientes.  Contáctese con nuestros abogados para que lo asesoremos de forma correcta.

Si. La ART debe cubrir la contingencia desde el momento que Ud. inicia la relación laboral.  No es necesario contar con ningún tipo de antigüedad laboral para poder utilizar las prestaciones que brinda la ART  al momento que sucede un accidente de trabajo. 

Es importante que se comunique rápidamente con el Estudio ya que brindar las prestaciones médicas es una de las obligaciones de la ART y en caso que no cumpla con ello, deberemos iniciar la intimación fehaciente para exigir el cumplimiento de su obligación para que le brinde las prestaciones médicas y pueda tratar su salud por el accidente de trabajo. 

La Superintendencia de Riesgos del Trabajo es el organismo Estatal que tiene como función controlar el cumplimiento de la normativa de Higiene y Seguridad en el Trabajo. 

Es el organismo de contralor de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART).  Impone las sanciones, garantiza que se brinden  las prestaciones médicas, asistenciales y dinerarias en caso de accidentes de trabajo, genera planes de prevención  de accidente de trabajo y lleva un registro de siniestralidad. Las Comisiones médicas son parte de la SRT.

 

Corresponde  la Comisión Médica según el domicilio del trabajador que tuvo el accidente de trabajo, o  al lugar de efectiva prestación de servicio por el trabajador o en su defecto, al  domicilio donde habitualmente se reporta. Es a elección de el trabajador.

Las Comisiones Médicas (CCMM) son la instancia administrativa previa, de carácter obligatorio para la asistencia, cobertura y tratamiento en caso de accidente de trabajo.  Debe saber que para presentarse tiene que

hacerlo con un Abogado. Siempre recomendamos que se asesore con un Abogado especialista en accidente de trabajo para que lo represente durante todo el proceso. 

En las Comisiones Médicas se evaluará la determinación de su incapacidad y las correspondientes prestaciones en especies y  dinerarias previstas en la Ley de Riesgos del Trabajo.

Es importante contar con un abogado  desde la toma de conocimiento del accidente laboral para que pueda asesorarlo, orientarlo y representarlo respecto del siniestro. El abogado  va hacer valer las leyes de riesgos de trabajo para que cuente con  la máxima cobertura de sus derechos. Puede suceder que el trabajador se someta, producto de la manipulación de la ART,  a actos que vayan en contra de su propia protección laboral,  por ejemplo, la ART rechaza  un accidente manifestando que es enfermedad preexistente cuando es producto de un accidente laboral, y si el trabajador consiente ese hecho y deja pasar los plazos, después nada se puede reclamar. Esta maniobra se realiza  para no pagarle las prestaciones e indemnización que le corresponde al trabajador.  Para que esto no suceda es importante contar  desde el comienzo con un abogado especialista que pueda brindarle el debido patrocinio.  

Lo primero que debe realizar es informar el accidente laboral a su empleador, quien tiene la obligación de comunicarlo a la ART para que de forma inmediata le brinde las prestaciones médicas y asistenciales que corresponda. Recuerde también que si el empleador no realiza la denuncia puede realizarla usted mismo. Le recomendamos que se comunique con nosotros en caso de un accidente de trabajo.

La ART tiene la obligación de recibir todas las denuncia de accidentes de trabajo. En caso de que se negara a recibirla, usted debe realizarla a través de una notificación fehaciente  mediante el envío de telegrama laboral (gratuito). Nuestro estudio cuenta con abogados especializados en accidentes de trabajo dedicados al intercambio telegráfico inmediato para estos casos, donde los plazos para realizar la denuncia son cruciales para el rápido otorgamiento de las prestaciones. 

Al momento de tomar conocimiento deberá dar respuesta al trabajador y otorgar en forma inmediata toda la  asistencia médica, farmacológica, prótesis,  o rehabilitación que sean necesarias, para cubrir la contingencia, sin límites y de forma gratuita. Además, deberá tener en cuenta para el caso de que el trabajador asuma los costos del traslado de transporte para su tratamiento médico, que se solicitará el reintegro.

Durante el lapso de tiempo del tratamiento médico, por el cual el damnificado esté impedido de realizar sus tareas habituales, deberá recibir una prestación dineraria mensual equivalente al salario. Asimismo, tendrá una reparación dineraria con destino a cubrir la disminución parcial o total -Incapacidad Laboral Permanente (ILP)- producida en la aptitud del trabajador damnificado para realizar actividades productivas o económicamente valorables, así como su necesidad de asistencia continua en caso de Gran Invalidez, o el impacto generado en el entorno familiar a causa de su fallecimiento.El derecho a la reparación dineraria se computará, más allá del momento en que se determine su procedencia y alcance, desde que acaeció el evento dañoso o se determinó la relación causal adecuada de la enfermedad profesional. El principio general indemnizatorio en el caso de las ILP y 

Sí, podría rechazarlo. Debe tener en cuenta que la ART tiene plazos para aceptar, rechazar y/o  pedir prórroga, la cual siempre deberá ser notificada al trabajador. Si vencido el plazo la ART no le notifica el rechazo, queda obligada a brindarle todas las prestaciones de la ley de riesgos del  trabajo.

En caso de rechazo, puede presentarse ante la Comisión Médica para iniciar el trámite por «Rechazo de la denuncia de accidente laboral». Le recomendamos comunicarse con nuestro Estudio de Abogados especialistas en ART.

Sí. La ART debe reintegrar todos los gastos de traslado de ida y vuelta para asistir a los turnos médicos,  tratamientos  y rehabilitación hasta tanto tenga el alta. En caso de necesitar un tipo de traslado especial, el mismo debe ser indicado por el médico tratante y cubierto obligatoriamente por la ART. Si se niega a cumplir con los traslados comuníquese inmediatamente con nuestro estudio de abogados para que podamos hacer valer sus derechos. 

Hay que saber que para el cálculo de indemnización por incapacidad  se toman distintas variables: a) Valor Mensual del Ingreso Base. b) La edad del trabajador al momento de ocurrencia del accidente. c) Porcentaje de incapacidad otorgado a causa del mismo. d) Fecha de ocurrencia del hecho. En función de ello se realiza un cálculo que debe determinarse en cada caso concreto según las realidad de cada trabajador.  Es importante que un abogado especialista en ART realice esta calculo indemnizatorio ya que un error en el mismo le puede aparejar una disminución del monto. 

La Ley sobre Riesgos del Trabajo (LRT) está creada para proteger a ambas partes en una relación laboral en el caso de un accidente de trabajo (empleador/trabajador).  El empleador al realizar el pago de cobertura de ART, garantiza que en caso de accidente laboral  el trabajador cuente con todas  las prestaciones. La ART deberá otorgar la cobertura médica integral, el pago del sueldo durante el tiempo que se encuentre de baja médica y la indemnización por cualquier daño permanente o incapacidad.

Sí, hay que tener en cuenta que la cobertura de ART es por el trayecto entre el domicilio del trabajador y el lugar de trabajo. En caso de que se modifique  por razones de estudio, concurrencia a otro empleo o atención de familiar directo enfermo y no conviviente, deberá informar por escrito al empleador, y éste deberá elevarlo a la ART.  debiendo presentar un certificado. Tener presente que hay plazos para entregar los certificados e informar modificaciones en el trayecto.

Si fallece un trabajador por un accidente de trabajo, la ART deberá realizar un pago único en concepto de indemnización por muerte. Los familiares (entre ellos viudos, convivientes, hijos solteros, estudiantes o incapacitados para el trabajo)  podrán reclamar la indemnización.  Quien reclame la indemnización por fallecimiento tiene que tener cuenta que hay ciertos paramentaros que la ley establece y se debe cumplir con ello. Los abogados de nuestro estudio podrán asesorarlo de forma concreta en su en particular. 

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Nuestro estudio jurídico se encuentra en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el Barrio de San Nicolás, muy próximo al Palacio de Justicia. Brindamos servicios de consultas legales tanto de manera presencial como virtual. Si busca un asesoramiento adecuado para sus asuntos legales, no dude en contactarnos. Estaremos encantados de ayudarle. 

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