Administrativo

El derecho administrativo posee la característica de regular el actuar de la propia Administración Pública en los actos administrativos que afectan el interés particular.
Por aplicación del principio de informalismo a favor del particular no hay requisitos formales que deba cumplir, solo debe especificar la voluntad de cuestionar un acto administrativo.
Un acto administrativo es toda resolución, disposición o decisión que genera consecuencias jurídicas emanada de una autoridad que representa al estado en  ejercicio de sus funciones, como por ejemplo  designación de cargos, sanciones, modificaciones administrativas, etc.

Ante un acto administrativo que vaya en detrimento de los derechos de la persona que lo recibe, ésta puede interponer  un recurso de reconsideración, o jerárquico en subsidio con la finalidad de revertir lo notificado. Agotados los recursos permite iniciar un reclamo en la sede judicial.

Recurso de Reconsideración

Podrá interponerse recurso de reconsideración contra todo acto administrativo definitivo o que impida totalmente la tramitación del reclamo o pretensión del administrado y contra los interlocutorios o de mero trámite que lesionen un derecho subjetivo o un interés legítimo. Deberá interponerse dentro de los DIEZ (10) días de notificado el acto ante el mismo órgano que lo dictó.

 

Recurso Jerárquico:

El recurso jerárquico procederá contra todo acto administrativo definitivo o que impida totalmente la tramitación del reclamo o pretensión del administrado. No será necesario haber deducido previamente recurso de consideración; si se lo hubiere hecho no será indispensable fundar nuevamente el jerárquico.

Recurso de Alzada

Procede contra los actos administrativos definitivos o que impiden totalmente la tramitación del reclamo o pretensión del recurrente -emanadas del órgano superior de un ente autárquico, incluidas las universidades nacionales- procederá, a opción del interesado, el recurso administrativo de alzada o la acción judicial pertinente.

Denuncia de Ilegitimidad

Alude a las presentaciones formuladas fuera de los plazos establecidos para la presentación de los recursos mencionados anteriormente. En dicho caso hay que tener en cuenta que no habilita la instancia judicial.

Pronto Despacho

Es una presentación escrita que se efectúa en el marco de un expediente, por la cual se solicita expresamente que se resuelva de forma expedita la cuestión planteada. 

Amparo por Mora

El amparo por mora es un procedimiento judicial por el cual, ante la inactividad o el silencio de la Administración Pública, el administrado recurre a la justicia para que emita una orden de pronto despacho a fin de que la Administración resuelva en el plazo que el juez determine.

 

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